jueves, 3 de noviembre de 2016

La nacionalidad española

La nacionalidad española
Existen varias formas de adquirir la nacionalidad española en función de la situación y de las circunstancias personales de cada uno. Según la normativa española dicha nacionalidad puede adquirirse de las siguientes formas.

Puede hacerse por origen que es aquella nacionalidad que es automática, que se tienen nada más nacer como pueden ser los casos de nacer de padre o madre españoles, por nacer en España aunque los padres sean extranjeros si uno de ellos es español, si se es un menor de 18 años que lo adopta una persona española, entre otros.

Por otro lado la nacionalidad española, si no es automática también puede obtenerse por opción, es decir, esto va dirigido a los extranjeros que cumplan algunas características.

Podrían conseguir esta nacionalidad las personas que hayan estado bajo la patria potestad de un español, las personas cuyo progenitor hubiera sido español o si hubiera nacido en este país.

También todas aquellas personas que cuya determinación de la filiación tenga lugar después de cumplir los 18 años, en este tipo de casos el plazo para poder optar a la nacionalidad española sería de dos años desde que se estableciera la filiación o el nacimiento.

Asimismo puede adquirirla las personas adoptadas por una pareja española pero que ya hayan cumplido la mayoría de edad, con un plazo también de dos años para estos casos desde que se apruebe la adopción.

Otra manera de adquirir la nacionalidad española es a través de la carta de naturaleza y su otorgamiento se realiza de forma discrecional de la mano del Gobierno y mediante un Real Decreto. De forma previa es necesario haber realizado una valoración de las circunstancias de cada uno.

La nacionalidad española también se le podría otorgar a una persona extranjera si ha vivido en España de forma legal durante un periodo de tiempo determinado y cumpliendo una serie de requisitos.


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