Antes de nada, hemos de recordar que el hecho de nacer en España no supone por sí solo la adquisición de un derecho a la nacionalidad española o la residencia legal. Por tanto, consulte siempre con su abogado cuál es su situación y cuáles son las medidas que debe adoptar al respecto para regularizar cuando antes su situación y la de su familia. En el caso de que desee regularizar la situación de sus hijos, debe saber que hay dos opciones:
- La primera, que se trate de menores no nacidos en España. En este caso, es necesario acreditar una estancia continuada en España de dos años, el progenitor debe haber obtenido su permiso de residencia y contar con los medios de vida suficientes para su correcta manutención, obtener un informe de vivienda adecuada, y que el pequeño esté escolarizado si tiene más de seis años.
- La segunda opción es que se trate de un menor nacido en España, Entonces, la solicitud debe presentarla personalmente el padre o la madre en el plazo de seis meses desde el nacimiento o desde que cualquiera de los padres obtengan la autorización de residencia, y acreditar que tiene permiso de residencia en vigor.