
Obtendrán una autorización que extenderá su validez durante toda la duración del curso para el que estén matriculados, o por la duración del trabajo de investigación, intercambio, práctica o voluntariado. Además, podrá prorrogarse la autorización si se demuestra que se siguen reuniendo las condiciones requeridas para la expedición de la autorización inicial y que cumple los requisitos exigidos, bien por el centro de enseñanza o científico al que asiste, habiéndose verificado la realización de los estudios o los trabajos de investigación, bien por el programa de intercambio o voluntariado, o centro donde realice las prácticas.
En cuanto a los estudiantes extranjeros admitidos para estudios, prácticas no laborales o voluntariado, podrán ejercer una actividad remunerada, siempre y cuando no limite la realización de los estudios o actividades para los cuales se concedió la autorización.
Finalmente, en el supuesto de realización de trabajo en una familia para compensar la estancia y mantenimiento en la misma, mientras se mejoran los conocimientos lingüísticos o profesionales, también conocido como au-pair, existe una regulación específica en los acuerdos internacionales, ya que el procedimiento será algo diferente.