La asistencia jurídica gratuita es un derecho de los extranjeros en España recogido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Este derecho les concede la posibilidad de contar con un abogado en los procesos en los que sean parte, cualquiera que sea la jurisdicción en la que se sigan, en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles.
Los extranjeros que se hallen en España tienen derecho a contar con un abogado y un procurador en los procedimientos administrativos que puedan llevar a su denegación de entrada, devolución, o expulsión del territorio español y en todos los procedimientos en materia de protección internacional, así como a la asistencia de intérprete si no comprenden o hablan la lengua oficial que se utilice. Además, la asistencia jurídica gratuita se extenderá, en el caso de que sea necesario, a los procesos contencioso-administrativos contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegación de entrada, devolución o expulsión.
Estas asistencias serán gratuitas cuando el que los solicite no cuente con los recursos económicos suficientes, respetando así el derecho recogido en la Constitución Española y la mencionada ley sobre los derechos de los extranjeros en España.