Para entrar y residir en España, los ciudadanos de algunos países están sujetos a la expedición de visados. ¿Tiene dudas sobre cuál es el visado que debería solicitar? ¿Qué derechos otorga cada uno?
Visado de estancia: permite una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un periodo cuya duración total no exceda de tres meses a partir de la fecha de la primera estancia.
Visado de residencia y trabajo: habilita la entrada y estancia por un período máximo de tres meses para comenzar una actividad laboral o profesional. En ese plazo, el trabajador deberá darse de alta en la Seguridad Social como trabajador.
Visado de residencia y trabajo de temporada: permite trabajar por cuenta ajena hasta nueve meses en un período de doce meses consecutivos.
Visado para estudios o investigación: habilita a permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, no remunerados laboralmente.
Visado de residencia no lucrativa: habilita para residir sin ejercer actividad laboral o profesional.
Visado de tránsito: permite el paso por la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, o atravesar el territorio español.
Además, existen visados de residencia para actividad empresarial; visados de residencia por inversión en inmuebles o por compra de vivienda en España y visados de residencia por inversión en capital.